Las entidades abajo firmantes, miembros del Foro de Convergencia Empresarial, consideran que el proyecto de ley de reforma judicial que impulsa el Poder Ejecutivo, que acaba de tener media sanción en el Senado de la Nación, es una iniciativa inadecuada, tanto respecto a la oportunidad en la cual se plantea, como en su contenido.
Si bien existe coincidencia en que el funcionamiento de la Justicia requiere cambios que signifiquen un progreso en términos funcionales e institucionales, el impacto que su reforma implica sobre la vigencia de los derechos y garantías constitucionales hace imprescindible que dichos cambios sean el resultado de un detenido y profundo debate, calificado por la pluralidad de voces que participen en su elaboración y el análisis de las experiencias disponibles, tanto en el plano provincial como internacional, y que la propuesta de cambio sea respaldada por un amplio consenso de todas las fuerzas políticas y organizaciones de la sociedad civil.
La inédita circunstancia en materia de salud pública que enfrenta el país y sus consecuencias económicas hacen que la oportunidad y el modo en que se pretende aprobar el proyecto de ley referido no estén alineadas con las emergencias de la hora. Una reforma tan necesaria y de fondo, como es la de la Justicia, debería afrontarse en otros tiempos, con otras condiciones de debate y trabajo colectivo.
La seguridad jurídica es uno de los principales valores que resguardan el ejercicio de los derechos y garantías establecidas en la Constitución Nacional y es un factor clave a la hora de tomar decisiones para la inversión privada, imprescindible para generar empleo genuino y reactivar la economía.
En este sentido, resultan inconvenientes tanto la oportunidad y contenido de la reforma judicial como la creación del “Consejo Consultivo para el fortalecimiento del Poder Judicial y el Ministerio Público en el ámbito de la Presidencia de la Nación”, para analizar cuestiones de relevancia institucional tales como la composición, organización y funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por estos motivos, al no poder superar el escrutinio de las razones de urgencia y los criterios de pluralidad e independencia, estas iniciativas y sus motivaciones nos generan preocupación e incertidumbre.
Buenos Aires, 28 de agosto de 2020
CAMARAS EMPRESARIAS
AACREA (CONSORCIOS REGIONALES DE EXPERIMENTACION AGRICOLA)
AACS (ASOCIACION ARGENTINA DE COMPAÑIAS DE SEGUROS)
ABA (ASOCIACION DE BANCOS DE ARGENTINA)
ACDE (ASOCIACION CRISTIANA DE DIRIGENTES DE EMPRESA)
ADE (ASOCIACION DIRIGENTES DE EMPRESAS)
ADECRA (ASOCIACION DE CLINICAS, SANATORIO Y HOSPITALES PRIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA)
ADIRAS (ASOCIACION DE DIRECTORIOS ASOCIADOS)
AHT (ASOCIACION DE HOTELES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA)
AMCHAM (CAMARA DE COMERCIO DE LOS EEUU EN ARGENTINA)
ARGENCON (ASOCIACION EMPRESAS EXPORTADORAS DE SERVICIOS)
BOLSA DE COMERCIO DE CORDOBA
CACC (CAMARA ARGENTINA DE CENTROS DE CONTACTO)
CAUCI (CAMARA ARGENTINO UCRANIA DE COMERCIO E INDUSTRIA)
CAVERA (CAMARA DE LA VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO URBANO DE LA REPUBLICA ARGENTINA)
CCAC (CAMARA DE COMERCIO ARGENTINO CANADIENSE)
CCAH (CAMARA DE COMERCIO ARGENTINO-HOLANDESA)
CCI (CAMARA DE COMERCIO ITALIANA)
CEAL (CONSEJO EMPRESARIO DE AMERICA LATINA)
CEDIM (CAMARA DE ENTIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO)
CEM (CONSEJO EMPRESARIO MENDOCINO)
CIRA (CAMARA DE IMPORTADORES DE RA)
CONINAGRO (CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA)
CS (CAMARA DE SOCIEDADES)
EUROCAMARA
FAA (FEDERACION AGRARIA ARGENTINA)
IAEF (INSTITUTO ARGENTINO DE EJECUTIVOS DE FINANZAS)
IDEA (INSTITUTO PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL DE LA ARGENTINA)
SRA (SOCIEDAD RURAL ARGENTINA)
ENTIDADES ADHERENTES
ASOCIACION CONCIENCIA
COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
FADA (FUNDACION AGROPECUARIA PARA EL DESARROLLO DE ARGENTINA)
FUNDACION CARLOS PELLEGRINI
FUNDACION FEDERALISMO Y LIBERTAD
FUNDACION LIBERTAD
FUNDACION LIBERTAD Y PROGRESO
FUNDACION GLOBAL
SERA JUSTICIA